¿Es necesario contrato de trabajo para gestionar las visa? Las incógnitas que aún no se despejan para quienes quieren migrar a Chile

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12 / 04 / 2018

Desde el 1 de agosto de este año habrá tres tipos de visa a las que cualquier extranjero que quiera migrar a Chile tendrá que postular: Temporaria de Oportunidades, destinadas a quienes no cuenten con título universitario y quieran venir a trabajar; de Orientación Internacional, destinada a profesionales con postítulos en universidades que estén dentro de las 200 mejores universidades según el QS World University Rankings; y la de Orientación Nacional, para quienes estudian en la universidad en Chile.

No obstante, ¿qué dudas quedan abiertas? La primera es la cantidad de visas. No existe un número definido todavía para ninguno de estos documentos. Tampoco existe información sobre el costo, los requisitos, ni el tiempo que tardará la gestión de estos visados. De la única que más se sabe es la de regularización. Para estas visas hay fechas concretas e incluso valores: $90 dólares norteamericanos.

Otro dato que se conoce dice relación con la visa extraordinaria para los haitianos, que se llama “Humanitaria de Reunificación Familiar”. Para este documento habrá 10 mil cupos anuales. Sobre la visa de “Responsabilidad Democrática”, destinada a venezolanos que quieren migrar, ese dato no aplica o, por ahora, todavía no se ha informado que ese sea el tope.

Así las cosas, todavía falta información sobre todas las visas. Por lo mismo, la pregunta que más urge a quienes quieren migrar habla respecto a la obligatoriedad de presentar contrato de trabajo, o bien, la oferta de empleo pero en el extranjero. Es decir, si quienes postulen desde sus países requieren o no ese documento. Esta información, al momento de la publicación de este artículo, aún no se entregaba.

Para Cristián Doña, sociólogo experto en materias de migración e investigador asociado del Instituto de Investigación en Ciencias Sociales UDP, la raíz de tanta duda nace por la fórmula usada por el Gobierno para plantear estas visas.

Ello pues, en estricto rigor, no existe una ley sino que un camino vía administrativo de parte del Presidente que hará que la exigencia de estas visas no se concreten. “Como no hay una ley, yo todavía no sé cuáles son los alcances, requisitos y otros puntos de este instructivo presidencial ni tampoco de la legalidad este”. De hecho, para él, hay cuestiones contradictorias en términos de nacimiento de visas. “¿Qué es la de Oportunidades? Si es necesario tener un contrato de trabajo para gestionarla, entonces es una visa de trabajo. Si es necesario ser estudiante de una universidad, entonces es una de estudio. Esas visas ya existen. Entonces no se cumple con el objetivo, si este era generar un orden en la migración”, sentencia.

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